Es una pregunta que hemos oído numerosas ocasiones. Pero antes de responderla es necesario tener muy claro qué significa ser autónomo:
➡ Si NO se realiza una actividad habitual puedes, entonces, no estar dado de alta en RETA. Dicho de otra manera, para poder facturar sin ser autónomo es necesario que la actividad económica que se realice no sea habitual. Sólo en ese caso se podrá facturar sin estar dado de alta en el RETA .
¿Qué entendemos por actividad económica no habitual?
Esa es la cuestión para saber si se pueden hacer facturas sin ser autónomo. La normativa no es clara al respecto, así que nos basamos en jurisprudencia: hay sentencias del Tribunal Supremo que ponen de manifiesto que si los ingresos superan el salario mínimo interprofesional se considera que la actividad económica es habitual.
Por tanto, si los ingresos mensuales son inferiores a 950 € brutos (Salario Mínimo Interprofesional del año 2020), se puede hacer factura sin ser autónomo.
Pero como indicamos esta no es una condición claramente establecida en la normativa y por tanto es posible que haya que defenderla en los tribunales, aunque también cabe decir que la gran mayoría de casos han seguido esta línea.
Hay personas que tienen un empleo en el Régimen General y además una pequeña actividad que puede ser consecuencia de un proyecto que está sus inicios. En ese caso estará justificado que no es una actividad habitual y no se estará obligado estar dado de alta en la Seguridad Social (régimen de autónomos). Luego, hacer factura sin ser autónomo estará justificado. Pero si no se tiene un trabajo por cuenta ajena y se realiza una actividad en la que los ingresos no superan el salario mínimo interprofesional, lo mejor es presentar un escrito en la Seguridad Social para que quede constancia de este hecho y no te den de alta de oficio.
¿Cómo emitir una factura sin ser autónomo
Una vez aclarado que es posible emitir una factura sin ser autónomo, es decir, sin estar dado de alta en la Seguridad Social, vamos a contarte cómo hay que realizarlas. Lo primero es darse de alta en Hacienda. Es importante entender que La Seguridad Social y Hacienda son dos organismos diferentes e independientes en cuanto a las obligaciones que generan.
El alta en Hacienda se hace mediante la cumplimentación del modelo 036 o 037. Éstos son modelos que permiten que se pueda declarar el IVA y el IRPF:
- El IVA ser declarará trimestralmente con el modelo 303.
- Los pagos fraccionados de IRPF también ser realizarán trimestralmente, con el modelo 130, si procede.
Si no nos damos de alta en Hacienda no se estarían pagando impuestos por las cantidades ingresadas y eso es absolutamente ilegal. Es necesario declarar IVA e IRPF independientemente de que se esté dado de alta en la Seguridad Social o no. Además Hacienda puede detectar, con bastante facilidad, que no se han pagado impuestos por las declaraciones de las empresas con las que hemos tenido actividad comercial.
Un ejemplo sobre hacer factura sin ser empresa
Una persona está iniciando un negocio, vende muñecas de goma EVA a través de una página que ha creado en Internet. De entrada no sabe si el negocio tendrá una rentabilidad elevada o no. ¿Qué ocurre si le piden una factura al comprarle un cliente una o varias muñecas? ¿Puede emitir factura sin estar dado de alta en la Seguridad Social? Según lo que hemos visto, la respuesta es SI. Puede hacer factura como particular, porque la actividad que está realizando genera unos ingresos que no superan el salario mínimo interprofesional. Se entiende por ello que es una actividad no habitual.
Son los ingresos los que hay que comparar con el SMI no los beneficios Esta es una duda muy habitual.
Hacer factura sin estar dado de alta en la Seguridad Social será obligatorio para este vendedor de muñecas, pues tendrá que cumplir con la legalidad vigente. Tendrá quedarse de alta en Hacienda, como hemos comentado anteriormente, cumplimentando el modelo 036 o 037 (esto no tiene ningún coste). Además en la propia factura debe aparecer el IVA que será, en este caso, de un 21%, habiéndole restado el correspondiente IRPF.
El vendedor de muñecas por internet, cada tres meses liquidará el IVA: esto se realizará restando el IVA acumulado por la venta de muñecas con el IVA acumulado por la compra de todo el material necesario y todos los gastos ocasionados al fabricar el producto, es decir, restará el IVA de las facturas emitidas con el IVA de las facturas recibidas. La diferencia será positiva o negativa. Si es positiva habrá que pagar a Hacienda y si es negativa Hacienda le devolverá. También presentará trimestralmente el modelo de pagos fraccionados de IRPF.
Esperamos que se hayan aclarado tus dudas sobre si se puede hacer factura siendo particular. En economíafacil.net estamos encantados de poder ayudarte sobre cuestiones cotidianas de carácter económico y financiero.

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